El análisis oficial reveló irregularidades en productos que se venden como yogur en México.
Ciudad de México, México. — La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) encendió las alertas tras detectar que varios productos comercializados como yogur no cumplen con los estándares mínimos establecidos por la ley, lo que representa un riesgo de información engañosa para los consumidores.
El hallazgo forma parte de un Estudio de Calidad publicado en la Revista del Consumidor, en el que se analizaron 18 productos en presentación sólida y batida, con el objetivo de verificar si realmente pueden denominarse yogur conforme a la normativa vigente.
¿Qué analizó Profeco y cuántas pruebas se realizaron?
El estudio fue realizado por el Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor, que aplicó un total de 1,884 pruebas para comprobar la veracidad de la información declarada en el etiquetado y el cumplimiento de diversas normas oficiales mexicanas.
Entre las regulaciones evaluadas se encuentran:
- NOM-181-SCFI/SAGARPA-2018 (Denominación y especificaciones del yogur)
- NOM-002-SCFI-2011
- NOM-051-SCFI/SSA1-2010
- NOM-086-SSA1-1994
- Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios
¿Qué es realmente un yogur según la norma?
De acuerdo con la NOM-181-SCFI/SAGARPA-2018, un producto solo puede llamarse yogur si cumple con requisitos específicos:
- Debe obtenerse por la fermentación de bacterias lácticas Streptococcus thermophilus y Lactobacillus delbrueckii subespecie bulgaricus.
- Debe contener al menos 10 millones de microorganismos vivos por gramo.
- La grasa utilizada debe ser exclusivamente butírica, es decir, proveniente de la leche de vaca.
- El contenido de proteína no debe ser menor a 3.1% o 2.1% si se añaden productos no lácteos.
Cómo se clasificaron los productos evaluados
Los 18 productos analizados se agruparon en las siguientes categorías:
- Dos yogures naturales
- Cuatro yogures naturales endulzados
- Un yogur natural endulzado deslactosado
- Dos yogures sabor fresa
- Siete yogures con fresa
- Un yogur con fresa deslactosado
- Un producto con denominación “yogur sabor natural”
Este último caso llamó especialmente la atención, ya que dicha denominación no existe dentro de la norma, por lo que Profeco determinó un incumplimiento.
Los tres productos que no pueden llamarse yogur
Tras concluir las pruebas, Profeco detectó tres incumplimientos graves que impiden a estos productos denominarse yogur:
Flor de Alfalfa (yogur con fresa): No contiene la cantidad mínima de bacterias lácticas exigida por la NOM-181.
Vaca Blanca (yogur con fresa): Está elaborado con grasa vegetal en lugar de grasa butírica, lo que resulta engañoso para el consumidor.
Yoplait (“yogur sabor natural”): Utiliza una denominación inexistente dentro de las clasificaciones permitidas por la norma.
Advertencia por exceso de azúcares y edulcorantes
Profeco también advirtió que, aunque el yogur batido puede ser un alimento benéfico por su aporte proteico y digestivo, algunas presentaciones contienen exceso de azúcares o edulcorantes artificiales, como sucralosa y acesulfame K.
Por este motivo, no se recomienda su consumo en niñas y niños en los siguientes productos:
- Yogur natural con endulzantes deslactosado de Alpura
- Yogur natural con endulzantes de Yoplait Doble Cero
- Yogur con fresa de Yoplait Doble Cero
Recomendaciones finales para los consumidores
Ante estos hallazgos, Profeco exhorta a la población a leer cuidadosamente el etiquetado, revisar los sellos de advertencia, comparar denominaciones y elegir productos que se ajusten a las necesidades nutricionales, familiares y al presupuesto.
El análisis completo puede consultarse en la edición 587 de la Revista del Consumidor.




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